La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia en un amparo declarando la inconstitucionalidad del artículo 60 de la ley 3338 que ponía un límite a la edad de ingreso a la docencia en el nivel primario.
El artículo 60 de la Ley 3338 establecía un límite de edad de cuarenta años para el ingreso a la docencia en el nivel primario en establecimientos públicos.
En su pronunciamiento los jueces de la Corte de Justicia recordaron que el artículo 16 de la Constitución Nacional y el artículo 29 de la Constitución Provincial establecen que la idoneidad es la única condición para el acceso al empleo público.
Descargá aquí la sentencia: Resolución Judicial
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